Visión y Proposito



Nuestra visión y propósito, en perfecta obediencia al mandato de Jesús Nuestro Señor de "DISCERNIR LOS SIGNOS Y SEÑALES DE LOS TIEMPOS", es el difundir los Mensajes que para este tiempo final, Dios Padre esta recordando y explicitando a su Iglesia y al mundo a través de sus dos Ungidos y Testigos, es decir, los CORAZONES UNIDOS Y TRIUNFANTES DE JESÚS Y MARÍA, y así poder contribuir con su plan en el llamado y preparación de los DISCÍPULOS DEL FIN DE LOS TIEMPOS.


En cuanto a las Revelaciones y Profecías Privadas, que se publica en este Blog, en virtud de la derogación de los cánones 1399 y 2318 del Código de Derecho Canónico y de la vigencia del Decreto del Papa Urbano VIII, SOLO AL SANTO MAGISTERIO DE LA IGLESIA CATÓLICA, APOSTÓLICA Y ROMANA le corresponde determinar sus AUTENTICIDAD Y CARÁCTER SOBRENATURAL, a cuya decisión final dócilmente nos sometemos, sin olvidar, a San Pablo que nos exhorta: " No despreciéis las profecías; examinadlo todo y quedaos con lo bueno" 1ra. de Tesalonicenses 5;20 y San Juan Evangelista que nos profetiza: " Pero cuando EL, el Espíritu de la verdad, venga, os guiará a toda la verdad,...... y os hará saber lo que habrá de venir." Jn 16;13.

Sin embargo, ya que, la Iglesia no objeta en principio el difundir estas revelaciones privadas, mientras se las estudia por su contenido y frutos, esperamos que no se las busque por la sola satisfacción de la curiosidad, sino por un deseo VERDADERO DE CONVERSIÓN Y SALVACIÓN para el Alma, traducido en la realización de obras de Misericordia Concretas.

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domingo, 15 de agosto de 2010

Los Derechos Humanos y ¿los Derechos de Dios? A proposito de todas las leyes civiles contra NATURA.....



Los Derechos Humanos y ¿los Derechos de Dios?
Hoy en día es común escuchar continuamente sobre los derechos humanos. Se hace pompa y alarde de la necesidad de defender como un principio esencial de la sociedad los derechos humanos.
 Recordemos que fue fruto del espíritu filosófico del siglo XVIII, del liberalismo y enciclopedismo francés que surge la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, inspirada en la declaración de independencia estadounidense de 1776.

Más adelante, el 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera "distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios".
Dentro de este movimiento secular y revolucionario en que se ha vuelto inmersa la sociedad de los siglos XIX y XX, hemos asistido a un engrandecimiento de los derechos del hombre pero al mismo tiempo a un empequeñecimiento de los derechos de Dios, sino es que a su total censura y anulación. Así es, hoy es común hablar de la libertad de prensa, libertad de culto, de enseñanza; de matrimonio y divorcio civil; del estado laico y del pueblo soberano; de la conciencia libre del hombre y del derecho a expresar nuestra propia opinión; del derecho al aborto, al propio sexo o género decidiendo así por optar el ser bisexual, homosexual o lesbiana, incluso el reconocimiento jurídico de las uniones homosexuales y su derecho a la adopción. El derecho a usar el condón o la pastilla del día siguiente para evitar embarazos no deseados, y un largo etcétera.
Pero la realidad de las cosas es que por encima de los derechos del hombre deben estar, guste o no, los derechos de Dios, que son precisamente aquellos derechos inherentes a Dios respecto a sus criaturas hechas a Su Imagen y Semejanza.
Los derechos de Dios tienen, por decirlo así, cuatro características: son Inalienables, es decir, no pueden ser enajenados por Dios, Fuente Suprema y Único Ser Necesario. Son Imprescriptibles, es decir, que subsisten en el tiempo y en la eternidad. Son Irrenunciables, que quiere decir que Dios no puede renunciar a que sus criaturas actúen y respeten sus Derechos Divinos. Finalmente, son Indiscutibles, es decir, que por nuestra absoluta dependencia de Él en todo y por ser criaturas a Su Imagen y Semejanza, no podemos siquiera ponerlos en duda ni menos discutir sobre ellos.
Además de lo anterior, los derechos de Dios son perfectamente exigibles, por cuanto al poder coercitivo que Dios ejerce como Legislador Supremo de todos los hombres.
Con el actual deterioro que vive la sociedad y dentro de un sinnúmero de falacias y errores que se propagan, el hombre de hoy en aras de hacer valer sus "derechos" viola sistemáticamente los Derechos Divinos. Hoy se habla mucho de democracia y soberanía, pero ni lo uno ni lo otro están debidamente fundados, pues la democracia ni en su esencia ni en su origen vienen de Dios, y el único soberano que existe es Dios, pues ni el pueblo ni el estado lo son.
Así pues, conviene repasar cuáles son los Derechos de Dios y que cada quien se atenga a las consecuencias de querer ignorarlos, suprimirlos o ajustarlos a la supuesta suprema voluntad del hombre, tal y como hoy en día hace la inmensa mayoría de los gobiernos.
Estos Derechos de Dios son los que deben regir por encima de los derechos humanos, pues no es el hombre el que debe rendirse culto a sí mismo, sino es a Dios a quien se debe tributar todo honor y toda gloria por parte de sus criaturas hechas a Su Imagen y Semejanza.
Así tenemos entonces que:
ART. 1 Dios tiene pleno derecho sobre el hombre creado a Su Imagen y Semejanza, para que dichas criaturas le rindan homenaje de adoración, gratitud, alabanza y gloria que le son debidos.
ART. 2  Dios tiene derecho a nuestro total y absoluto sometimiento de índole personal y social a Sus Santos Mandamientos, de los cuales pedirá cuenta estricta, como Juez Supremo de todos los hombres.
ART. 3  Dios tiene derecho al total y absoluto sometimiento de nuestras leyes humanas a Su Ley Eterna, como fundamento esencial de aquéllas, sin la cual el derecho dejaría de existir.
ART. 4  Dios tiene derecho a ser reconocido por todas las naciones del mundo como Único Soberano y Supremo Juez de todos los hombres.
ART. 5  Dios tiene derecho a que los gobernantes de todas las naciones legislen y promulguen leyes que estén en perfecta armonía con la Ley Eterna.
ART. 6  Dios tiene derecho a que se respete la vida humana en todas sus formas.
ART. 7  Dios tiene derecho a que Su Santísimo Nombre no se suprima de Constitución Política alguna.
ART. 8  Dios tiene derecho a que se respeten los días festivos destinados a Su Culto Público.
ART. 9  Dios tiene derecho a que se acate y se respete a la Santa Madre Iglesia Católica y Apostólica, fundada por Su Único Hijo Jesucristo.
ART. 10  Dios tiene derecho a que se le adore en la Sagrada Eucaristía, en la que está presente con Su Cuerpo, Sangre, Alma y Divinidad.
ART. 11  Dios tiene derecho a que no se desacralicen sus Templos ni se disponga de sus bienes.
ART. 12  Dios tiene derecho a que no se enseñen doctrinas falsas que ofendan Su Divinidad.
ART. 13  Dios tiene derecho a que se prohíba la libertad de cultos, por cuanto que Él es el Único Dios Verdadero en Tres Personas: Padre, Hijo y Espíritu Santo.
ART. 14  Dios tiene derecho a que como Fuente Suprema de toda autoridad, que sus hijos impidan la libertad para ofender Su Divina Majestad, sea de palabra o por escrito.
ART. 15  Dios tiene derecho a que se prohíban los sacrilegios y profanaciones de sus Templos.
ART. 16  Dios tiene derecho a que se prohíban injurias a Su Divina Majestad, así como a la Santísima Virgen y contra los santos, mediante películas blasfemas y libros heréticos.
ART. 17  Dios tiene derecho a que se hagan manifestaciones públicas de adoración, reparación y desagravio por tantas ofensas recibidas.
ART. 18  Dios tiene derecho a que sus criaturas protesten ante las autoridades contra el divorcio, matrimonio civil, unión libre, aborto, exhibición de películas blasfemas, pornografía y demás formas de corrupción que existen hoy en día en la sociedad.
ART. 19  Dios tiene derecho a que los padres de familia e instituciones educativas enseñen el Catecismo de la Doctrina Cristiana...
ART. 20  Dios tiene derecho a que se mantenga la dignidad de la persona humana creada a Su Imagen y Semejanza, impidiendo la depravación mediante programas de televisión inmorales, periódicos, revistas, clonación, manipulación genética y demás actos tendientes a manipular en cualquiera de sus formas la vida humana para cualquier fin.
ART. 21  Dios tiene derecho a establecer en la tierra sobre todos y sobre todo el Reinado Social de Su Hijo Jesucristo, y que por cierto ya está a las puertas.
ART. 22  Dios tiene derecho a premiar a los hombres de buena voluntad que con amor cumplen Sus Mandamientos.
ART. 23  Dios tiene derecho a castigar a los hombres materialistas, inmorales, depravados, enemigos de lo bueno, amadores de los placeres, apóstatas, herejes, injustos, blasfemos, acumuladores de riqueza con el sudor del prójimo; en suma, quienes desobedecen Sus Santos Mandamientos y quienes legislan en contra de sus Leyes Divinas, fuente de todo derecho. Asimismo, Dios tiene derecho a permitir que haya en la tierra guerra, peste, enfermedades, gobiernos injustos que esclavicen, desastres, terremotos, inundaciones, maremotos, erupciones volcánicas, muertes violentas, etc. con objeto de que el hombre vuelva a Él y esté siempre preparado con santo temor cumpliendo Sus Leyes.
Pareciera esto fuerte, pero la realidad es que los enemigos de Dios hoy proclaman su triunfo, pero el rigor de la Justicia Divina los castigará y les hará recordar en el tiempo, para la historia y la eternidad, que sólo Él es el Señor, y a Él sólo se le ha de servir y amar por sobre todas las cosas.
Finalmente, conviene recordar cómo Su Santidad León XIII en su encíclica Tametsis Futura en el año  1900, de manera profética, señaló la importancia de hablar sobre los Derechos de Dios por encima de los derechos del Hombre. El Santo Padre León XIII decía al respecto: "Ya ha oído hablar la muchedumbre durante bastante largo tiempo de lo que se llama los derechos del hombre; que oiga alguna vez hablar de los DERECHOS DE DIOS".
Luis Eduardo López Padilla
12 de Agosto del 2010

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